SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0233/2007-R
Fecha: 10-Abr-2007
a)
Los Vocales recurridos en el informe cursante de fs. 86 a 87 sostuvieron lo que sigue: a) El representado de la recurrente inasistió en su calidad de apelante a la audiencia para consideración de la aplicación de medida cautelar, señalada para el 22 de enero de 2007, pese a su legal y oportuna notificación; b) Como se evidencia del cuadernillo procesal, no existe fundamentación con relación a la apelación contra el Auto dictado por el Juez cautelar, razón por la cual sus autoridades no tenían argumentos para referirse al fondo de la supuesta apelación, por lo que confirmaron el Auto apelado. Además no se desvirtuó el peligro de fuga, por no acreditarse idóneamente la ocupación laboral; c) Con la presentación del presente recurso se pretende enmendar los errores de la defensa, sin cumplirse elementales requisitos de fondo y forma a tiempo de plantearse un recurso como el presente; d) Tampoco existe la debida fundamentación de los derechos supuestamente vulnerados, a más que no se dirigió el recurso contra el Juez inferior, pese a que se expuso una relación respecto del certificado observado que no fue ponderado adecuadamente por dicho Juez.
- recurso de hábeas corpus
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- I.1.3. Autoridades recurridas y petitorio
- a)
- improcedente
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Sobre las formalidades en la apelación de medidas cautelares
- no es necesaria la formulación escrita del recurso de apelación, ya que el mismo puede ser planteado en la misma audiencia; sin embargo, cabe aclarar que el recurso debe ser efectivamente interpuesto y no sólo anunciado
- III.2. Caso analizado
- APROBAR