Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0233/2007-R
Fecha: 10-Abr-2007
II.1.
II.1. Mediante memorial de 25 de junio de 2006 (fs. 6 a 7) dirigido al Juez Tercero de Instrucción en lo Penal, la Fiscal de Materia de Sustancias Controladas, Faridy Arnez Arze, imputó formalmente al ahora representado de la recurrente, por la presunta comisión del delito de transporte, posesión dolosa y almacenamiento de cápsulas de cocaína, previsto en el art. 48 con relación al 33 inc. m) de la Ley del Régimen de la Coca y Sustancias Controladas (L1008), requiriendo su detención preventiva, arguyendo concurrir los requisitos incursos en los arts. 232 a 235 del Código de Procedimiento Penal (CPP).
- recurso de hábeas corpus
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- I.1.3. Autoridades recurridas y petitorio
- a)
- improcedente
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Sobre las formalidades en la apelación de medidas cautelares
- no es necesaria la formulación escrita del recurso de apelación, ya que el mismo puede ser planteado en la misma audiencia; sin embargo, cabe aclarar que el recurso debe ser efectivamente interpuesto y no sólo anunciado
- III.2. Caso analizado
- APROBAR