Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0278/2007-R
Fecha: 17-Abr-2007
I.2.2. Informe de las autoridades recurridas
El Comandante de la Policía de Montero correcurrido, a través de su abogado, sostuvo que su autoridad no ordenó en ningún momento la aprehensión del representado del recurrente, sino que la orden de aprehensión provino del Fiscal correcurrido como director funcional de la investigación que sigue contra el representado del recurrente por la supuesta comisión de los delitos de estafa y estelionato, por lo que su autoridad no vulneró los derechos que aduce el recurrente.
- recurso de hábeas corpus
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- I.2.2. Informe de las autoridades recurridas
- improcedente
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Supuesta aprehensión ilegal fiscal y policial y posibilidad de acudir ante el juez cautelar reclamando los actos ilegales
- SC 0181/2005-R
- III.2. Caso analizado
- III.3.
- la protección que brinda el recurso de hábeas corpus en cuanto al debido proceso se refiere, no abarca a todas las formas en que el mismo puede ser infringido, sino sólo a aquellos supuestos en los que está directamente vinculado al derecho a la libertad personal o de locomoción, por operar como causa para su restricción o supresión
- a través de este recurso no se pueden examinar 'actos o decisiones del recurrido que no estén vinculados a los derechos a la libertad física como a la libertad de locomoción