Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0278/2007-R
Fecha: 17-Abr-2007
III.3.
III.3. Respecto al hecho también denunciado por el recurrente, en sentido que después de detener a su representado en la cárcel de Montero, se le habría tomado su declaración informativa en presencia de un abogado defensor de oficio, pese a que contaba con su propio abogado; cabe citar la SC 1865/2004-R de 1 de diciembre, que remarca lo siguiente:
- recurso de hábeas corpus
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- I.2.2. Informe de las autoridades recurridas
- improcedente
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Supuesta aprehensión ilegal fiscal y policial y posibilidad de acudir ante el juez cautelar reclamando los actos ilegales
- SC 0181/2005-R
- III.2. Caso analizado
- III.3.
- la protección que brinda el recurso de hábeas corpus en cuanto al debido proceso se refiere, no abarca a todas las formas en que el mismo puede ser infringido, sino sólo a aquellos supuestos en los que está directamente vinculado al derecho a la libertad personal o de locomoción, por operar como causa para su restricción o supresión
- a través de este recurso no se pueden examinar 'actos o decisiones del recurrido que no estén vinculados a los derechos a la libertad física como a la libertad de locomoción