SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0284/2007-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0284/2007-R

Fecha: 19-Abr-2007

concedió

Concluida la audiencia, el Tribunal  de amparo constitucional, pronunció Resolución que concedió el recurso y dispuso se deje sin efecto el memorando DE-01-03-092/06 de 12 de abril de 2006, la restitución inmediata de la recurrente a sus funciones, se le paguen sus sueldos con responsabilidad al Director Ejecutivo recurrido a determinarse en ejecución de fallos, con los siguientes fundamentos: i) La destitución de la recurrente se la realizó sin seguirse ningún tipo de procedimiento, ni proceso establecido en la Ley de Administración y Control Gubernamentales que se refiere a la administración de personal, lo que viola la seguridad jurídica y su componente del debido proceso previsto en el art. 16 de la CPE; ii) En la vía administrativa se interpreta que ninguna autoridad ejecutiva puede determinar la destitución de una persona, sin antes haberla sometido a un proceso legal, en este caso, a un procedimiento administrativo; iii) La recurrente agotó la vía administrativa, no siendo de aplicación la judicatura laboral ni la participación de Ministerio de Trabajo en la vía conciliatoria.