SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0284/2007-R
Fecha: 19-Abr-2007
III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
La recurrente alega que la autoridad recurrida, ha vulnerado sus derechos a la seguridad jurídica, al trabajo, a una remuneración justa, a la presunción de inocencia, a la defensa y a no ser condenada a una pena sin haber sido antes oída y juzgada en proceso legal, pues mediante el memorando que cuestiona fue destituida de sus funciones que venía desempeñando en el INASES, sin un debido proceso, ante la supuesta comisión de faltas, pues como resultado de un viaje realizado a Italia en uso de su vacación y con sus recursos por invitación directa de una institución italiana, el recurrido por animadversión adoptó la medida de despido, vulnerando no sólo los derechos fundamentales enunciados, sino también infringiendo la Ley de Administración y Control Gubernamentales, la normativa interna del INASES, y el DS 23318-A, modificado por su similar 26237 de 29 de junio de 2001. En consecuencia, corresponde en revisión determinar si los extremos demandados son evidentes y si merecen la protección que brinda el art. 19 de la CPE.