SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0297/2007-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0297/2007-R

Fecha: 23-Abr-2007

I.2.1. Ratificación y ampliación del recurso

El abogado de los recurrentes ratificó los términos del recurso e indicaron que en este caso no corresponde acudir al órgano laboral porque no se trata de una situación de esa naturaleza sino de la vulneración de derechos constitucionales. De otro lado, el recurrente Vitalio Balderrama, como Jefe Nacional del Patrimonio a.i. dispuso se haga y se utilice mediante el auxiliar Mario Valeriano Chambilla, también recurrente, los medios o mecanismos necesarios para la manutención de la Empresa, en ejercicio de las funciones que le señala el art. 10 del Reglamento Interno de ENFE; extremo no valorado por las autoridades recurridas, como tampoco fue tomada en cuenta la condición de Secretario de Vivienda Social de Mario Valeriano Chambilla en la Federación Ferroviaria de la Red Oriental Boliviana, conforme reconoce la Resolución Ministerial (RM) 091/05. En cuanto a la Resolución 03/2006 de 15 de mayo, la impugnaron a través de una apelación, ya que la misma sin un fundamento jurídico, normativo y fáctico afirma estar ejecutoriada por haberse presentado el recurso a destiempo.