SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0309/2007-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0309/2007-R

Fecha: 23-Abr-2007

a través de este recurso no se pueden examinar 'actos o decisiones del recurrido que no estén vinculados a los derechos a la libertad física como a la libertad de locomoción

Precisando aún más los alcances del anterior entendimiento jurisprudencial, la SC 1688/2004-R, de 19 de octubre, expresó que a través de este recurso no se pueden examinar 'actos o decisiones del recurrido que no estén vinculados a los derechos a la libertad física como a la libertad de locomoción, como tampoco supuestas irregularidades que impliquen procesamiento indebido que no hubieran sido reclamadas oportunamente ante la autoridad judicial competente'” (las negrillas son nuestras).

En el caso de autos y conforme a la jurisprudencia glosada, la manera en que habría sido tratado el recurrente por la autoridad policial recurrida que no ha sido acreditada de forma alguna, no está vinculada directamente a la privación de libertad del mismo, quien puede acudir a las vías pertinentes para impugnar tal actuación previa demostración con prueba pertinente que aconteció ese extremo -que sin embargo, no se acreditó en obrados- y agotada la vía ordinaria, acudir al recurso de amparo constitucional. Situación que corrobora la improcedencia del presente recurso de hábeas corpus.