SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0309/2007-R
Fecha: 23-Abr-2007
procedente
La Sentencia de 3 de febrero de 2007, cursante de fs. 44 a 46 pronunciada por la Jueza de Partido y de Sentencia de Montero provincias Obispo Santistevan y Warnes del Distrito Judicial de Santa Cruz, declaró procedente el recurso, limitado únicamente a ser reparador sin costas, con los siguientes fundamentos: 1) “ La denuncia fue sentada en la Brigada a las 8,25 del 26/01/2.007, la citación era para el día 27/01/2.007 a horas 09.00 y no tenía por que haber sido conducido el recurrente el día 26/01/2.007 a las dependencias de la Brigada, Amparándose en el Art 6 7 y de la Policía Nacional. por orden de la Directora de la Brigada de Protección Sgto. Martha Salili Flores dispuso el arresto, que duro unas 8 horas para ser cuesto en libertad por la misma Directora. Así se desprende del parte Diario informe de la Policía Nal. De Montero que en caso de autos no era aplicable el Art. 6 y 7 de la Policía Nacional para conservar el orden público por que no se fue sacar a la víctima en el momento o lugar de la agresión.. para aprehender al agresor y ordenar su arresto, y su obligación era poner a conocimiento inmediato de la autoridad judicial” (sic); 2) La ilegalidad de la detención del recurrente fue subsanada al haber sido puesto en libertad; sin embargo, a la fecha de presentación del recurso de hábeas corpus se siente presionado por las nuevas citaciones practicadas el 29 de enero de 2007.
- recurso de hábeas corpus
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- a)
- procedente
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Arresto por la Policía ante “faltamiento a la autoridad”
- III.2. Caso analizado
- III.3
- la protección que brinda el Recurso de hábeas corpus en cuanto al debido proceso se refiere, no abarca a todas las formas en que el mismo puede ser infringido, sino sólo a aquellos supuestos en los que está directamente vinculado al derecho a la libertad personal o de locomoción, por operar como causa para su restricción o supresión
- a través de este recurso no se pueden examinar 'actos o decisiones del recurrido que no estén vinculados a los derechos a la libertad física como a la libertad de locomoción
- REVOCAR