AUTO CONSTITUCIONAL 0143/2007-RCA
Fecha: 11-May-2007
Fragmento 1
En revisión la Resolución “123/2006” (sic), de 14 de marzo de 2007, cursante a fs. 36, pronunciada por la Sala Social y Administrativa Segunda de la Corte Superior del Distrito Judicial de La Paz, dentro del recurso de amparo constitucional interpuesto por José Luis Sirpa Vicente contra Guido Arandia Mendivil, Presidente, Juan Carlos Borda Arce, Elmer Pardo Céspedes y Rolando Caballero Romano, Vocales Titulares y José Heredia Sandoval, Vocal Suplente, todos miembros del Tribunal Disciplinario Superior de la Policía Nacional, alegando la vulneración de sus derechos al trabajo, a la seguridad jurídica, a la igualdad, a la publicidad y de la garantía del debido proceso, citando únicamente el art. 7 de la Constitución Política del Estado (CPE).
- Fragmento 1
- I.1. Síntesis de la demanda
- I.2. Resolución
- rechazó
- II. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DE LA RESOLUCIÓN
- 1. rechacen el recurso, ya sea por incumplimiento de requisitos de fondo o por falta de subsanación de los requisitos de forma dentro del plazo establecido por el art. 98 de la LTC
- II.2. Análisis de la causal de rechazo del recurso de amparo constitucional
- I.
- Amparo solicitado
- como en los hechos debe acreditarse el derecho vulnerado, es preciso que exista una relación de causalidad entre el hecho que sirve de fundamento y la lesión causada al derecho o garantía
- APROBAR