Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
AUTO CONSTITUCIONAL 0152/2007-RCA
Fecha: 21-May-2007
rechazó
La Sala Penal Primera de la Corte Superior del Distrito Judicial de La Paz, mediante Resolución 175/2007 de 9 de marzo, cursante a fs. 67 y vta., rechazó el recurso argumentando que la recurrente no solicitó complementación o enmienda contra la Resolución 253/2006 y que no cumplió con lo establecido en el art. 97. III, IV y VI de la Ley del Tribunal Constitucional (LTC), al no existir causalidad entre los requisitos de contenido.
- Fragmento 1
- I.1. Síntesis de la demanda
- rechazó
- II. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DE LA RESOLUCIÓN
- 1. rechacen el recurso, ya sea por incumplimiento de requisitos de fondo o por falta de subsanación de los requisitos de forma dentro del plazo establecido por el art. 98 de la LTC
- II.2. De la complementación y enmienda
- I.
- como en los hechos debe acreditarse el derecho vulnerado, es preciso que exista una relación de causalidad entre el hecho que sirve de fundamento y la lesión causada al derecho o garantía
- 2º Disponer