SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0347/2007-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0347/2007-R

Fecha: 02-May-2007

III.2.

III.2. Por otra parte, corresponde recordar que el recurso de hábeas corpus ha sido instituido en el art. 18 de la CPE como un recurso extraordinario que tiene como objeto restituir o restablecer, de forma inmediata y oportuna, la libertad física o de locomoción en los casos de que ésta haya sido ilegal o arbitrariamente amenazada, restringida o suprimida, por lo que podrán interponerlo quienes se consideren indebidamente perseguidos, detenidos, procesados o presos, demandando se guarden las formalidades legales.