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    SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0357/2007-R
    Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

    SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0357/2007-R

    Fecha: 08-May-2007

    II.4.

    II.4. Por representación de 10 de febrero de 2007, la Actuaria del Juzgado Mixto Liquidador y cautelar de Tupiza, señaló a la Jueza recurrida que solicitó de manera verbal y reiterada a la recurrente que haga la devolución del expediente, indicándole ésta que ya lo había devuelto, lo que no es evidente (fs. 31).

    • recurso de hábeas corpus
    • I.1.1. Hechos que motivan el recurso
    • I.2.1. Ratificación y ampliación del recurso
    • a)
    • procedente
    • II.1.
    • II.2.
    • II.3.
    • II.4.
    • II.5.
    • II.6.
    • II.7.
    • II.8.
    • II.9.
    • III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
    • III.1.
    • sin perjuicio de ser apremiado
    • III.2.
    • APROBAR

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