SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0357/2007-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0357/2007-R

Fecha: 08-May-2007

procedente

La Resolución "045/2006" de 1 de marzo de 2007, cursante de fs. 48 a 49 vta., declaró procedente el recurso, ordenando la inmediata libertad de Luisa Taboada Apaza, con los siguientes argumentos: a) La recurrente fue detenida aproximadamente desde horas 8:00 a.m., del 27 de febrero de 2007, con un mandamiento de apremio sin existir ningún proceso, por la supuesta comisión del delito tipificado en el art. 202 de Código Penal (CP), hasta el 28 de febrero a horas 10:30 a.m.; es decir, veintiséis horas de detención indebida, sin el debido proceso y violando el derecho a la defensa, sólo con una providencia de 10 de febrero de 2007, que no le fue notificada legalmente; b) El art. 108 del Código de Procedimiento Civil (CPC) fue equivocadamente interpretado con relación al art. 107 del mismo cuerpo legal, que establece que en los casos de "saca de expedientes" del Juzgado, se impone la primera sanción con multa económica, conforme se tiene con relación a la segunda  parte del art. 394 del CPC, procediendo recién al apremio en caso de no devolución del expediente, por lo que hubiera correspondido aplicar el art. 202 del CP, denunciando el hecho ante el Ministerio Público para su procesamiento legal.