SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0376/2007-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0376/2007-R

Fecha: 09-May-2007

II.3.

II.3. Por memorial de 15 de marzo de 2007 presentado ante el Juez Octavo de Instrucción en lo Penal, la Fiscal correcurrida señaló que dentro del caso FELCC 0701605, los testigos del robo al Hipermercado Plaza no reconocieron a Rolando Roca Temo y otros como autores del hecho denunciado y que al encontrarse los mismos en calidad de aprehendidos por efectivos de la FELCC sin contar con los requisitos contenidos en el art. 302 del CPP, en aplicación del art. 228 del CPP ponía a disposición del referido Juez a los aprehendidos para que defina su situación procesal  (fs. 42).