Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0395/2007-R
Fecha: 15-May-2007
II.3.
II.3. Realizada la audiencia el 26 de febrero de 2007, por Auto de la misma fecha se rechazó la sustitución de fianza económica por la personal (fs. 37 y vta.), Resolución que en apelación, a través del Auto de Vista de 12 de marzo de 2007, la Sala Penal Segunda de la Corte Superior del Distrito Judicial de Santa Cruz, revocó el Auto apelado y dejó sin efecto la fianza económica impuesta, sustituyéndola por una de carácter personal a acreditarse con dos garantes (fs. 31 y vta.).