SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0408/2007-R
Fecha: 16-May-2007
i)
El abogado y apoderado de los recurridos señaló que: i) El recurrido Klaus Steinmüller es otro funcionario que fue contratado en forma paralela al recurrente para continuar el programa denominado “APEMIN II”, consiguientemente no está en condiciones de contestar las peticiones efectuadas por el actor, más aun si el recurrido también fue retirado de la consultora, además que la nota en la que se le comunicó la determinación de su cambio, fue suscrita por Nico van Tienhoven, Director del Departamento de la GFA; ii) Las notas de reclamo que señala haber enviado el recurrente, no fueron dirigidas a los recurridos, pues conforme a la explicación efectuada por éste, fueron presentadas al Embajador de la Delegación de la Comisión Europea en Bolivia, lo que constituye prueba de la confesión del recurrente de que los representantes de la GFA son otras personas, porque el recurso está dirigido contra dos personas que nada tienen que ver con el reclamo que formula el recurrente; iii) La acción debió ser dirigida contra quienes representan a la consultora GFA en Bolivia y no contra quienes son simples empleados que no podrán, pues conforme acredita por la documentación que acompaña, el recurrido Klaus Steinmüller es un funcionario que no tiene nada que responder, por cuanto además le dieron un plazo hasta el 30 de junio para concluir su contrato.