Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0423/2007-R
Fecha: 22-May-2007
II.3.
II.3. En audiencia de medidas cautelares realizada el 15 de marzo de 2007, el Juez Séptimo de Instrucción en lo Penal ordenó la detención preventiva de la imputada, a cumplirse en el Centro de Rehabilitación Santa Cruz, disponiendo que previamente sea internada en un centro hospitalario con vigilancia policial “a efecto de su tratamiento y conservación de su vida y su salud”, y una vez se encuentre debidamente controlada y previa evaluación y diagnóstico del médico forense, deberá ser trasladada al indicado establecimiento penitenciario para el cumplimiento de la medida cautelar ordenada (fs. 38 vta.).