APRUEBA
La Comisión de Admisión del Tribunal Constitucional, en ejercicio de las atribuciones que le confieren los arts. 31 inc. 4) y 64.III, concordante con el art. 33.I inc. 1) de la LTC, APRUEBA la Resolución de 12 de mayo de 2007, pronunciada por el Juez Noveno de Partido en lo Civil y Comercial del Distrito Judicial de Santa Cruz, que rechazó la solicitud de promover el recurso indirecto o incidental de inconstitucionalidad, interpuesto por Betty Costas Hurtado, demandando la inconstitucionalidad del art. 434 del CPC.
