Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0435/2007-R
Fecha: 04-Jun-2007
I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
Ante la ausencia forzosa de cuatro Magistrados del Tribunal Constitucional, al haber sido convocados al Congreso Nacional, mediante Decreto Constitucional de 29 de mayo de 2007, se dispuso la suspensión del cómputo del plazo a partir del 31 de mayo del año en curso, mientras dure la ausencia de los mismos, habiéndose reanudado por Decreto Constitucional de 1 de junio de 2007, siendo la fecha de nuevo vencimiento el 4 del mismo mes y año, por lo que la presente Sentencia se encuentra dentro del término legalmente establecido.
- recurso de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- I.1.3. Autoridades recurridas y petitorio
- I.2. Audiencia y Resolución del Tribunal de amparo constitucional
- I.2.1. Ratificación y ampliación del recurso
- a)
- denegando
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
- II.1.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1.
- III.2.
- III.3.
- APROBAR