Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0438/2007-R
Fecha: 04-Jun-2007
I.2.3. Intervención de la tercera interesada
El abogado de la tercera interesada indicó que dentro del proceso existe una apelación que fue conferida en el efecto diferido, por lo que el recurrente no agotó todas las instancias, no habiéndose violentado derechos constitucionales, solicitando una nueva inscripción preventiva en Derechos Reales y se declare improcedente el recurso.
- Fragmento 1
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- a)
- I.2.3. Intervención de la tercera interesada
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
- II.1.
- II.9.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. El principio de subsidiariedad del recurso de amparo constitucional
- 2)
- III.2. Análisis del presente caso
- III.3. Sobre la concesión, denegatoria y la declaratoria de improcedencia del recurso de amparo constitucional
- “denegado”
- APRUEBA