Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0438/2007-R
Fecha: 04-Jun-2007
I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
A solicitud de la Magistrada Relatora por requerir de mayor análisis y amplio estudio, de conformidad a lo establecido en el art. 2 de la Ley 1979, de 24 de mayo de 1999, mediante Acuerdo Jurisdiccional 069/07 de 31 de mayo de 2007, se procedió a ampliar el plazo procesal en la mitad del término principal, siendo la fecha de nuevo vencimiento el 29 de junio de 2007, por lo que la presente Sentencia es pronunciada dentro del plazo legalmente establecido.
- Fragmento 1
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- a)
- I.2.3. Intervención de la tercera interesada
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
- II.1.
- II.9.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. El principio de subsidiariedad del recurso de amparo constitucional
- 2)
- III.2. Análisis del presente caso
- III.3. Sobre la concesión, denegatoria y la declaratoria de improcedencia del recurso de amparo constitucional
- “denegado”
- APRUEBA