Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0443/2007-R
Fecha: 04-Jun-2007
II.4
II.4 El 17 de abril de 2007 a horas 10:00 a.m., la Jueza Novena de Instrucción en lo Penal ahora recurrida, consideró la recusación, rechazó la misma, remitió a la Corte Superior del Distrito en consulta y suspendió la audiencia cautelar para considerar la cesación de la detención preventiva de la imputada Fátima Justiniano (fs. 67 a 69).
- recurso de hábeas corpus
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- a)
- improcedente
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
- II.1.
- II.2.
- II.4
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- pierde automáticamente competencia hasta la resolución final de dicho incidente-, a fin de no perjudicar el normal desarrollo de las actividades investigativas y garantizar el control jurisdiccional, en uso de la facultad que le confiere el art. 54 inc. 2) del CPP, está en la obligación de ordenar la remisión inmediata del caso a conocimiento del juez suplente llamado por ley,
- fuera recusado, y en consecuencia suspendida su competencia,
- III.3.
- APRUEBA