Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0518/2007-R
Fecha: 20-Jun-2007
improcedente
La Resolución 074 de 9 de mayo de 2007, cursante de fs. 25 a 26 vta., pronunciada por la Sala Social y Administrativa de la Corte Superior del Distrito Judicial de Santa Cruz, declaró improcedente el recurso, con el fundamento de que ninguna de las autoridades recurridas transgredieron o violaron los arts. 18 de la CPE y 89 de la Ley del Tribunal Constitucional (LTC), ni el Régimen Legal de Migración, por el contrario al determinar la detención del representado del actor que después fue expulsado, actuaron y procedieron de acuerdo a derecho en estricta aplicación a la ley.
- recurso de hábeas corpus
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- I.1.3. Autoridades recurridas y petitorio
- a)
- improcedente
- II.1.
- II.2.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Régimen legal de migración y causales de expulsión de extranjeros
- determinar la expulsión de extranjeros, en los casos previstos por ley
- El control de la actividad de extranjeros, también está derivada, en virtud al régimen de desconcentración previsto por el art. 21 del DS 25150, a las Direcciones Distritales
- Art. 48 del DS 24423
- al amparo del art. 225 del CPP, señalándole que estaba siendo aprehendido por delitos inmersos en la Ley de Régimen de la Coca y Sustancias Controladas
- III.3. Desistimiento del recurso de hábeas corpus
- APRUEBA