AUTO CONSTITUCIONAL 0180/2007-RCA
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

AUTO CONSTITUCIONAL 0180/2007-RCA

Fecha: 18-Jul-2007

II.3.  Análisis de la Resolución venida en revisión

En la Resolución enviada en revisión se sostiene como principal fundamento para la declaratoria de improcedencia, que el recurrente no hizo uso de los recursos que la ley le confiere para la defensa de sus derechos, cayendo por tal motivo el caso de autos dentro de la causal de improcedencia prevista en el art. 96. 3 de la LTC, refiriéndose específicamente al incidente previsto por el art. 255 del CPP, que textualmente indica: