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    AUTO CONSTITUCIONAL 338/2007-CA
    Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

    AUTO CONSTITUCIONAL 338/2007-CA

    Fecha: 04-Jul-2007

    APRUEBA

    La Comisión de Admisión del Tribunal Constitucional, en ejercicio de las atribuciones que le confieren los arts. 31 inc. 4) y 64.III, concordante con el art. 33.I inc. 1) de la LTC, APRUEBA la Resolución de 16 de mayo de 2007, dictada por la Sala Civil Primera de la Corte Superior del Distrito Judicial de Santa Cruz, de fs. 10 a 11.

    • consulta
    • I.1. Síntesis de la solicitud de parte
    • I.2. Respuesta a la solicitud
    • rechazó
    • II.2.1.
    • II.2.2
    • 3
    • II.2.3.
    • no ha establecido de manera precisa la relevancia o vinculación necesaria entre la norma impugnada y la decisión a pronunciarse en ocasión de resolver el recurso de apelación referido.
    • carece de fundamento jurídico-constitucional
    • APRUEBA

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