SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0563/2007-R
Fecha: 05-Jul-2007
II.3.
II.3. El Juez Primero de Sentencia en lo Penal, ahora recurrido, por Auto 53 de 2 de mayo de 2007, concedió el beneficio de suspensión condicional de la pena a favor de la recurrente, Carol Arteaga Claros, disponiendo que dentro del plazo de prueba de dos años, de acuerdo a las reglas establecidas por el art. 24 del CPP, se le aplica la prohibición de cambiar de domicilio sin autorización del Juez de Ejecución Penal, debiendo presentarse ante dicha autoridad judicial una vez al mes y permanecer en un trabajo o dedicarse a un oficio o profesión por ese plazo. En la parte final de la referida Resolución, se estableció que una vez ejecutoriada la misma, se libre el mandamiento de libertad condicional (fs. 5 y vta.).