SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0563/2007-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0563/2007-R

Fecha: 05-Jul-2007

III.1.

III.1. El recurso de hábeas corpus instituido en el art. 18 de la CPE, tutela el derecho a la libertad física y de locomoción consagrado en los arts. 6.II y 7 inc. g) de la CPE, a favor de toda persona que creyere estar indebida o ilegalmente perseguida, detenida, procesada o presa, debiendo la autoridad que la otorgue, dictar la sentencia en la misma audiencia ordenando la libertad de la persona y disponer la reparación de los defectos legales, o en su caso, poner al demandante a disposición del juez competente. A partir de esta norma constitucional, concordante con el art. 89 de la Ley del Tribunal Constitucional (LTC), la jurisprudencia constitucional ha desarrollado el carácter preventivo y reparador del recurso de hábeas corpus. Es así que la SC 1579/2004 de 1 de octubre, señaló que: “(…) el recurso de hábeas corpus por violaciones a la libertad individual y /o locomoción, puede ser reparador si ataca una lesión ya consumada, preventivo si procura impedir una lesión a producirse o correctivo si intenta evitar que se agraven las condiciones en que se mantiene a una persona detenida.

III.1.1.Para la procedencia del hábeas corpus reparador es decisivo que se haya configurado una situación de privación de libertad física ilegal inobservando las formalidades esenciales, por ejemplo una detención ejecutada sin orden escrita, o resuelta por autoridad incompetente. Este hábeas corpus está establecido tanto en el art. 18 de la CPE como en el art. 89 de la LTC, cuando ambas normas se refieren a los casos en que las personas creyeren estar arbitraria, indebida o ilegalmente detenidas o presas”

En el caso de autos, la recurrente denuncia que el Juez recurrido emitió un mandamiento de condena en su contra, no obstante haber sido favorecida con el beneficio de suspensión condicional de la pena, el que fue ejecutado encontrándose indebidamente recluida en la cárcel de Palmasola; acto denunciado que afecta directamente el derecho a la libertad de la recurrente por lo que corresponde  analizarlo a través del presente recurso de hábeas corpus y verificar si amerita otorgar la tutela reparadora establecida en la jurisprudencia glosada.