Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0588/2007-R
Fecha: 11-Jul-2007
II.6.
II.6. Por medio de misiva de 10 de febrero de 2006, el recurrente, el Presidente y demás miembros del Directorio del CODEPEDIS, solicitaron al Prefecto correcurrido proceder a su posesión, conforme manda la Ley de la Persona con Discapacidad (fs. 27); autoridad que emitió la Resolución Prefectural 69/2006, autorizando su posesión a llevarse a cabo el día 14 de febrero (fs. 29 a 30).