SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0588/2007-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0588/2007-R

Fecha: 11-Jul-2007

III.  FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO

El recurrente solicita tutela de sus derechos a la seguridad jurídica y al trabajo, consagrados en el art. 7 incs. a) y d) de la CPE; los cuales considera vulnerados por las autoridades correcurridas, porque no procedieron a su designación como Director Departamental del CODEPEDIS, tal cual mandan las normas de la Ley de la Persona con Discapacidad y su Reglamento, habiendo sido elegido para ese cargo en Asamblea de la FECOPDIS, siendo que mas bien mantienen en la estructura de la Prefectura, el área de Discapacidad con otro funcionario, omitiendo cumplir las normas referidas. En consecuencia, en revisión de la Resolución del Tribunal de amparo, corresponde dilucidar, si tales argumentos son evidentes y si constituyen actos ilegales lesivos de los derechos fundamentales del recurrente, a fin de otorgar o negar la tutela solicitada.