SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0591/2007-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0591/2007-R

Fecha: 11-Jul-2007

I.2.2. Informe de las autoridades recurridas

El abogado del Gobierno Municipal de Quillacollo exhibió el poder otorgado por el Alcalde demandado expresando que, el recurrente fue nombrado por el Alcalde, designación que es una atribución muy personal y la destitución también puede ser ordenada por su persona, es decir que el recurrente no gozaba de las prerrogativas contenidas en el Estatuto del Funcionario Público ni de la Ley General del Trabajo y si hubo alguna anormalidad en el proceso administrativo fue meramente formal.