SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0631/2007-R
Fecha: 23-Jul-2007
III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
Los recurrentes alegan que como miembros del Colegio de Arquitectos de La Paz, preservando el Patrimonio Histórico Cultural de dicha ciudad, al tener conocimiento de que en el Atrio de la Basílica de San Francisco, el Gobierno Municipal de La Paz, estaba construyendo columnas de hormigón armado con el fin de utilizarlos como mercado provisional, se constituyeron en dicho lugar para evitar esas construcciones, ante cuya negativa conjuntamente la Junta de Vecinos procedieron a la destrucción de las mismas, lo que motivó que el Ejecutivo Municipal a través de su representante les inicie un proceso penal, siendo por ello perseguidos y procesados indebida e ilegalmente. En consecuencia, corresponde en revisión determinar en revisión si los extremos demandados son evidentes y si merecen la protección que brinda el art. 18 de la CPE.