Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
AUTO CONSTITUCIONAL 0197/2007-RCA
Fecha: 13-Ago-2007
Fragmento 1
En revisión la Resolución de 29 de mayo de 2007, cursante a fs. 39 y vta., pronunciada por la Sala Civil Tercera de la Corte Superior del Distrito Judicial de La Paz, dentro del recurso de amparo constitucional, interpuesto por Edith Alarcón Aparicio contra Dennis Eugenio Madueño Cortez, Zaida Moyano de Parrado y Jaime Fernando Cornos Montaño, miembros del Comité Electoral de la Mutual de Ahorro y Préstamo para la Vivienda La Paz; alegando la vulneración de sus derechos a la seguridad jurídica y a la petición, mencionando al art. 7 inc. h) de la Constitución Política del Estado (CPE).
- Fragmento 1
- I.1. Síntesis de la demanda
- 1.
- rechazó
- II. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DE LA RESOLUCIÓN
- 1. rechacen el recurso,
- antes de ingresar a analizar los problemas de admisibilidad del recurso, debe verificar si no se está dentro de alguno de los supuestos de improcedencia establecidos por el art. 96 de la LTC
- I.
- El art. 97 de la LTC, en forma taxativa establece los requisitos de forma y contenido
- Los requisitos formales, son los previstos en los parágrafos I, II y V del art. 97
- II.3. Análisis del caso enviado en revisión