AUTO CONSTITUCIONAL 0197/2007-RCA
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

AUTO CONSTITUCIONAL 0197/2007-RCA

Fecha: 13-Ago-2007

II. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DE LA RESOLUCIÓN

La recurrente refiere que al cumplir con todos los requisitos para postular a su reelección al cargo de Directora de la Mutual La Paz, presentó todos los documentos requeridos al Comité Electoral; sin embargo, en la nomina de postulantes habilitados no se encontraba su nombre pese a haber cumplido con todos los requisitos legales,  tampoco se la notificó con resolución de inhabilitación alguna, por lo que presentó una nota dirigida al Presidente del Comité Electoral solicitando se certifique cuál la razón para no haber sido incluida en la listas, solicitud que le fue devuelta por el Gerente General de la Mutual arguyendo no tener éste injerencia en los asuntos referidos al Comité Electoral, vulnerando sus derechos a la seguridad jurídica y de petición. En consecuencia, corresponde determinar en revisión si el Tribunal de amparo obró correctamente al disponer el rechazo del recurso.