SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0039/2007
Fecha: 13-Ago-2007
III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
Los recurrentes dudan de la constitucionalidad del art. 36 del Reglamento Interno del LAB, aprobado por RM 910/76 de 8 de diciembre de 1976, que prevé un bono de antigüedad del 3% del sueldo básico por año de servicio, estimando que infringe los principios de jerarquía normativa y supremacía de la Constitución, puesto que el art. 60 del DS 21060 estableció una nueva escala salarial aplicable a todos lo sectores, en sustitución de toda otra forma porcentual de aplicación del bono de antigüedad, lo que a su vez fue racionalizado por el art. 13 del DS 21137 que previó la aplicación de este bono sobre el salario mínimo nacional mensual, por lo que el citado Reglamento Interno, en observancia de los aludidos principios, debió adecuarse a la nueva política económica introducida en 1985, lo que no ocurrió, pese a que el “art. 4 del DS de 23 de noviembre de 1938”, señala que dichos reglamentos deben estar acordes a las leyes, decretos y demás disposiciones vigentes en la materia. Por consiguiente, corresponde determinar si los extremos señalados son evidentes a los efectos de efectuar el control de constitucionalidad que le encomienda a este Tribunal el art. 120.1ª de la CPE.
- recurso indirecto o incidental de inconstitucionalidad
- I.1 Contenido del recurso
- I.2. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
- I.3. Alegaciones del personero del órgano que generó la norma impugnada
- II.1.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- Fragmento 7
- convenientes
- III.2. Las normas constitucionales que los recurrentes estiman infringidas
- III.3. El caso planteado
- no se activa el recurso directo o abstracto de inconstitucionalidad cuando una norma reglamentaria (Decreto Supremo o Resolución normativa) contradiga o infrinja a una norma legal superior que no sea la Constitución, pues esa situación jurídica corresponde al ámbito de control de legalidad, por lo mismo se activa la vía del proceso contencioso administrativo
- no existe infracción directa a las normas establecidas por la Constitución
- Fragmento 13