SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0682/2007-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0682/2007-R

Fecha: 07-Ago-2007

I.1.1. Hechos que motivan el recurso

Como propietaria de un inmueble ubicado en la calle Punata 625, entre calle Lanza y av. República, ha visto restringido el ingreso a su garaje por parte de Fidelia Quisbert Illanes y Carmen Vargas Illanes, comerciantes que sin el menor reparo ampliaron la dimensión de sus casetas obstruyendo el ingreso normal que tenía, lo que motivó a que formule los reclamos respectivos ante el Concejo Municipal, instancia que después de verificar la veracidad de su denuncia y concederle audiencia el 1 de febrero de 2006, expidió la “conminatoria” (sic) 0151/06 por la que exigió al Ejecutivo Municipal que en el plazo de veinticuatro horas sea resuelto su problema.

Posteriormente, el 22 de febrero de 2006, las personas que cometieron el aludido atropello, solicitaron audiencia al pleno del Concejo Municipal, a quienes se les rechazaron sus argumentos, reiterándose, por el contrario, la exigencia de resolver su problema y la conminatoria de 1 de febrero de 2006.

A pesar de los ruegos e insistencia ante las oficinas del Gobierno Municipal y pese a que el Concejo Municipal emitió dos conminatorias al efecto, hasta la fecha no se ha resuelto su problema, sin habérsele dado información o respuesta sobre el tema, haciendo caso omiso, además, a la normativa municipal.