Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0682/2007-R
Fecha: 07-Ago-2007
III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
La recurrente indica que se ha vulnerado su derecho a la seguridad jurídica, reconocido por el art. 7 inc. a) de la CPE, y el principio de legalidad, por cuanto la autoridad recurrida pese a sus ruegos e insistencia y no obstante que el Concejo Municipal emitió dos conminatorias para que resuelvan el problema de acceso al bien inmueble de su propiedad por obstrucción de unas casetas de venta de mercadería, no lo hizo; haciendo caso omiso a la normativa municipal sin habérsele dado información o respuesta sobre el tema. Por consiguiente, corresponde determinar en revisión, si se justifica otorgar la tutela que brinda el art. 19 de la CPE.