SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0693/2007-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0693/2007-R

Fecha: 13-Ago-2007

el acto lesivo

Refiere también la citada SC 0217/2007-R que: “Conforme a la jurisprudencia glosada, no es posible a través del recurso de hábeas corpus ingresar al análisis de supuestas lesiones al debido proceso, salvo que, como lo ha sintetizado la SC 0619/2005-R de 7 de junio, se presenten, en forma concurrente, los siguientes presupuestos: `(…) a) el acto lesivo, entendido como los actos ilegales, las omisiones indebidas o las amenazas de la autoridad pública, denunciados, deben estar vinculados con la libertad por operar como causa directa para su restricción o supresión; b) debe existir absoluto estado de indefensión, es decir, que el recurrente no tuvo la oportunidad de impugnar los supuestos actos lesivos dentro del proceso y que recién tuvo conocimiento del mismo al momento de la persecución o la privación de la libertad"  (las negrillas son nuestras).