Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0693/2007-R
Fecha: 13-Ago-2007
II.2.
II.2. Llevada a efecto la audiencia, la autoridad judicial recurrida estableció la culpabilidad del recurrente, a través del certificado médico forense, imponiéndole en sujeción al art. 9 del (LCVF) la sanción de arresto por el lapso de cuatro días a cumplirse durante dos fines de semana (fs. 6, 8 y 9).