Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0765/2007-R
Fecha: 25-Sep-2007
II.5.
II.5. El 26 de marzo de 2007, mediante Carta Notariada, el ahora recurrente dirigiéndose a la Ministra recurrida solicitó que deje sin efecto inmediatamente la RM 047 de 22 de marzo de 2007 (fs. 3 y 4); a cuya consecuencia, se dictó el Auto de 4 de abril de 2007, por el que la Ministra recurrida rechazó la solicitud del ahora recurrente, manteniendo firme y subsistente la RM 047 de 22 de marzo de 2007 (fs. 128).