debe impugnarlas ante el mismo Concejo Municipal
Se concluye entonces que, quien considere afectados sus derechos fundamentales y/o garantías constitucionales por las decisiones asumidas mediante ordenanzas y resoluciones municipales emitidas por el Concejo Municipal, tiene y debe impugnarlas ante el mismo Concejo Municipal que emitió la resolución considerada como lesivas de derechos, para que sea en la instancia donde emergieron los supuestos actos ilegales, que se reparen los mismos y por las autoridades que los habrían ocasionado." (SC 0519/2010-R de 5 de julio). El resaltado es nuestro.
- Magistrado :
- I. ANTECEDENTES
- II.1.
- Alcance de la enmienda y complementación como recurso:
- La reconsideración como medio de defensa
- debe impugnarlas ante el mismo Concejo Municipal
- a diferencia de una solicitud de enmienda o complementación, por ejemplo, que va a la forma.
- no podía "asumirse" como cumplida dicha impugnación con la presentación del recurso de enmienda y complementación, confundiendo el fallo constitucional dos figuras jurídicas distintas
- REVOCAR
