REVOCAR
En base a la fundamentación jurídica precedente, el suscrito Magistrado considera que el Tribunal Constitucional, debió REVOCAR la Resolución emitida por el Tribunal de garantías y en consecuencia DENEGAR la tutela solicitada, en aplicación de la jurisprudencia constitucional vigente, en igualdad de condiciones a los casos con supuestos fácticos análogos que merecieron la aplicación del citado entendimiento y en su caso, se podían salvar los efectos de la concesión del Tribunal de garantías, por el tiempo transcurrido.
- Magistrado :
- I. ANTECEDENTES
- II.1.
- Alcance de la enmienda y complementación como recurso:
- La reconsideración como medio de defensa
- debe impugnarlas ante el mismo Concejo Municipal
- a diferencia de una solicitud de enmienda o complementación, por ejemplo, que va a la forma.
- no podía "asumirse" como cumplida dicha impugnación con la presentación del recurso de enmienda y complementación, confundiendo el fallo constitucional dos figuras jurídicas distintas
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