a.
En consecuencia, en razón al carácter dinámico de la jurisprudencia los jueces, tribunales y autoridades pueden: a. apartarse del precedente constitucional cuando el caso a resolver no tiene analogía fáctica total con el precedente que se pretendía aplicar o , b. decidir inaplicar el precedente, cuando consideren que la norma puede ser interpretada de manera más amplia y favorable o que deben considerarse en dicha interpretación otros valores, principios y derechos; empero, para ello, existen condiciones y requisitos que se convierten en autolimitaciones al momento de cambiar la jurisprudencia. Entre esas condiciones se encuentra la exigencia de la carga argumentativa adicional; es decir, la necesidad que se efectúe una adecuada fundamentación, primero desarrollando al precedente cuya aplicación se omite, luego explicando los motivos por los cuáles se considera que dicha interpretación ya no es la más adecuada conforme a la Constitución y, finalmente, explicar y justificar la nueva interpretación que se adopta.
- Partes: Tomasa Hinojosa Andia
- I. El hábeas corpus, su configuración actual como acción de libertad y la ampliación del ámbito de su protección
- 1.
- en materia penal
- II. La acción de libertad y la clasificación doctrinal del hábeas corpus
- d)
- III. El hábeas corpus correctivo y su reconocimiento en la jurisprudencia constitucional
- hábeas corpus denominado correctivo
- siendo una de ellas el agravamiento ilegal de la situación del detenido o condenado”.
- no tiene como principal objetivo la búsqueda de la libertad del procesado,
- las del Tribunal tienen la fuerza propia de las normas del legislador,
- Fragmento 12
- a.
- deben
- solución genérica conscientemente diferenciada de lo que anteriormente se venía manteniendo y no como respuesta individualizada
- a esta carga argumentativa debe sumarse la exigencia de la correspondencia del cambio jurisprudencial con los principios y criterios informadores del orden constitucional y los derechos humanos
- V.1. El problema jurídico planteado en el recurso de hábeas corpus
- 2.
- V.3. Fundamentos de la disidencia
- Fragmento 20
