III. El hábeas corpus correctivo y su reconocimiento en la jurisprudencia constitucional
De acuerdo a lo señalado, el hábeas corpus, ahora acción de libertad, no está limitado exclusivamente a la restitución de la libertad física o personal, sino que su alcance es mucho mayor; por ello su reconocimiento en el orden constitucional y legal comparado para la protección de otras situaciones vinculadas con la libertad personal, como ocurre con el llamado habeas corpus correctivo, cuya finalidad está orientada a la protección frente a los actos de agravamiento ilegal o arbitrario respecto a las formas o condiciones en que se cumplen las penas privativas de la libertad.
El Tribunal Constitucional, en la SC 0044/2010-R, partiendo de la interpretación efectuada en la SC 1579/2004-R, analizó los diferentes tipos de hábeas corpus señalados, estableciendo que los mismos se encuentran contemplados en la Constitución vigente y la Ley del Tribunal Constitucional. Así señaló lo siguiente:
“De la interpretación del art. 18 de la CPEabrg y el art. 89 de la Ley del Tribunal Constitucional (LTC), en la SC 1579/2004-R de 1 de octubre, el Tribunal Constitucional concluyó que el recurso de hábeas corpus “…puede ser reparador si ataca una lesión ya consumada, preventivo si procura impedir una lesión a producirse o correctivo si intenta evitar que se agraven las condiciones en que se mantiene a una persona detenida”.
- Partes: Tomasa Hinojosa Andia
- I. El hábeas corpus, su configuración actual como acción de libertad y la ampliación del ámbito de su protección
- 1.
- en materia penal
- II. La acción de libertad y la clasificación doctrinal del hábeas corpus
- d)
- III. El hábeas corpus correctivo y su reconocimiento en la jurisprudencia constitucional
- hábeas corpus denominado correctivo
- siendo una de ellas el agravamiento ilegal de la situación del detenido o condenado”.
- no tiene como principal objetivo la búsqueda de la libertad del procesado,
- las del Tribunal tienen la fuerza propia de las normas del legislador,
- Fragmento 12
- a.
- deben
- solución genérica conscientemente diferenciada de lo que anteriormente se venía manteniendo y no como respuesta individualizada
- a esta carga argumentativa debe sumarse la exigencia de la correspondencia del cambio jurisprudencial con los principios y criterios informadores del orden constitucional y los derechos humanos
- V.1. El problema jurídico planteado en el recurso de hábeas corpus
- 2.
- V.3. Fundamentos de la disidencia
- Fragmento 20
