revocó
“Analizado el contenido del Auto Supremo objeto de la presente tutela, se evidencia que el mismo, se encuentra debidamente fundamentado, especificando los actuados y fojas que causaron la dilación del proceso, traduciendo las razones y motivos por los cuales se toma dicha decisión, verificando que en el desarrollo del mismo y el tiempo ya transcurrido, se interpusieron recursos sin cumplir los requisitos legales establecidos por ley, con un fin manifiestamente dilatorio; que si bien son medios de defensa establecidos por la ley, sin embargo, estos deben ser utilizados correctamente, cumpliendo minuciosamente y responsablemente los requisitos aplicables para su procedencia, mas aún, considerando que se trata de recursos de última instancia, no siendo justificativo valedero, el hecho de que el abogado de la defensa, interponga un recurso sin la observancia necesaria de las normas exigidas, en mérito de aquellos, los Miembros ahora demandados, al concluir que la dilación del proceso es atribuibles a la accionante y no as la administración de justicia, no han lesionado ningún derecho o garantía alegada por éste, que amerite se conceda la tutela de la presente acción; en todo caso, corresponde denegar la misma”.
- I.1. Problema jurídico planteado
- concedió
- revocó
- II.1. La delimitación del análisis a partir del problema jurídico planteado en el recurso de amparo constitucional, ahora acción
- II.2.
- plazo razonable
- dimensión plural
- a)
- b)
- c)
- cuando la dilación del proceso más allá del plazo máximo establecido, sea atribuible al órgano judicial y/o, al Ministerio Público,
- recurrir,
- II.3.
- II.4. El caso analizado en la SC 1090/2010-R de 27 de agosto de 2010
- aprobarse
