Sentencia: 1111/2010 -R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

Sentencia: 1111/2010 -R

Fecha: 27-Oct-2010

II.     FUNDAMENTOS DE LA DISIDENCIA

El Magistrado que suscribe considera que no debió anularse obrados hasta el Auto de Admisión ni disponer que se admitan y tramiten los recursos por separado, sino revisar la resolución pronunciada en el recurso de hábeas corpus, analizando el fondo del problema jurídico planteado y, en su caso, disponer -si correspondía- que se admita el recurso de amparo constitucional, resolviendo también, de esta manera, el problema jurídico procesal planteado, conforme a los siguientes fundamentos: