SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1444/2010-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1444/2010-R

Fecha: 01-Oct-2010

I.1.1. Hechos que motivan el recurso

Es propietario, junto a Sebastián Calizaya Vilaja de una concesión minera de áridos, denominada "2 de junio", compuesta de una cuadrícula, ubicada en el cantón Buena Vista de la provincia Ichilo del departamento de Santa Cruz, que fue obtenida de la Superintendencia Departamental de Minas, según instrumento público 379/99 de 24 de agosto de 1999 y registrada en Derechos Reales (DD.RR), bajo partida computarizada 040196816.

El 1 de octubre de 2007, los recurridos ingresaron arbitrariamente a su concesión con gente y maquinarias de trabajo para explotar los áridos existentes -piedra, arena y arenilla para beneficio propio, con el argumento de que ya no existían concesionarios, porque con la aprobación de la "Ley 3524" (sic), los dueños son las organizaciones campesinas, siendo; posteriormente, desalojado de su propia concesión, con amenazas.

El 2 de octubre de 2007, mandó un oficio al Alcalde Municipal de Buena Vista, que es la autoridad llamada por la Ley "3524" (sic), para intervenir y dar solución al conflicto, y pese a que esperaron casi quince días, no recibieron respuesta alguna. Luego, presentaron una nota en apelación al Concejo Municipal de Buena Vista, que tampoco le respondió hasta la fecha de presentación del recurso, motivo por el cual formula, recurso de  amparo constitucional para que se respeten sus derechos fundamentales.

Los recurridos se amparan en una ilegal institución denominada "Institución Campesina Administradora de Áridos", que se da atribuciones de administrar y disponer de los áridos de los ríos Huaytu y otros, firmando contratos de venta de áridos, además de instruir a los campesinos a tomar las concesiones mediante votos resolutivos.