Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1444/2010-R
Fecha: 01-Oct-2010
II.6.
II.6. Por nota presentada el 2 de octubre de 2007, dirigida al Alcalde Municipal de Buena Vista, el recurrente sentó denuncia contra la Central Campesina de Buena Vista "a la cabeza" de Felix Cala, Moisés Loayza Fajardo, Juan López Cruz, Celso Llave y Esteban Puma, señalando que en forma arbitraria y prepotente vendieron los áridos de su concesión e impidieron que trabajara con amenazas (fs. 17); denuncia que fue reiterada el 15 del mismo mes y año, "en grado de apelación" (sic), ante el Concejo Municipal de Buena Vista (fs. 18).
- recurso de amparo constitucional,
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- I.1.3. Personas recurridas y petitorio
- I.2. Audiencia y Resolución del Juez de garantías
- concedió
- 1)
- I.3.
- II.1.
- II.3.
- II.4.
- II.6.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Sujeción de la actuación del Tribunal Constitucional a la Constitución Política del Estado vigente desde el 7 de febrero de 2009
- III.2. Términos procesales en la acción tutelar de amparo constitucional
- colectiva.
- como el único medio de defensa, para la protección inmediata del derecho o garantía,
- de inmediatez
- Fragmento 18
- III.4. Sobre le marco normativo para la explotación de lo áridos y agregados.
- en coordinación con las organizaciones campesinas y las comunidades colindantes con los ríos"
- i)
- ii)
- III.5. Análisis de la problemática
- APROBAR