Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1482/2010-R
Fecha: 04-Oct-2010
REVOCAR en parte
El Tribunal Constitucional, en virtud de la jurisdicción y competencia que le confiere el arts. 4 y 6 de la Ley 003 de 13 de febrero de 2010, denominada Ley de Necesidad de Transición a los Nuevos Entes del Órgano Judicial y Ministerio Público; 7 inc. 8) y 102.V de la Ley del Tribunal Constitucional (LTC), en revisión, resuelve: REVOCAR en parte la Resolución 94/2007 de 23 de noviembre, cursante de fs. 168 a 170 vta., pronunciada por el Juzgado de Partido y de Sentencia de Achacachi provincia Omasuyos del departamento de La Paz; y en consecuencia;
- recurso de amparo constitucional ahora
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- a)
- I.2. Audiencia y Resolución del Juez de garantías
- improcedente”
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- éste Tribunal determinó que toda su actuación será acorde al nuevo orden constitucional
- accionante'
- III.2. De la subsidiariedad de la acción de amparo constitucional
- III.3. Análisis del caso concreto
- instruirá a quien corresponda la destitución del ejecutivo y del asesor legal principal
- recurso de reconsideración
- REVOCAR en parte
- 2°