Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1495/2010-R
Fecha: 06-Oct-2010
I.2.3. Intervención del tercero interesado
Virgilio Torres Rojas, a través de su abogado señaló que los recurrentes argumentan que se ha dictado un Auto de Visita en base a una prueba de reciente obtención, señalan que se trata de simples fotocopias sin ningún valor legal, en audiencia dicen que son legalizadas y después señalan que son mal legalizadas, sin embargo, de estos hechos no reclamaron en su oportunidad.
- recurso de amparo constitucional
- 1.1.1. Hechos que motivan el recurso
- improcedente
- Fragmento 4
- 1.2. Audiencia y Resolución del Tribunal de garantías
- I.2.3. Intervención del tercero interesado
- concedió
- I.4. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
- II.1.
- II.3.
- a)
- III.1. Consideraciones sobre la aplicación de la Constitución Política del Estado vigente
- III.2. Sobre la armonización de términos procesales constitucionales
- III.3.
- (Requisitos)
- (Plazo)
- III.4. Análisis del caso
- APROBAR